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Inmigración y Residencia en España

Asesoramiento legal en permisos de residencia, visados y trámites de inmigración en España. Orientación experta para ciudadanos no comunitarios que desean vivir o visitar regularmente Menorca.

¿Cuáles son las opciones legales para residir en Menorca?

Menorca atrae cada año a un número creciente de personas que desean establecerse en la isla, ya sea de forma permanente o como base habitual durante varios meses al año. Sin embargo, el derecho de residencia en España varía enormemente según la nacionalidad del interesado, su situación económica y la actividad que pretenda desarrollar.

En Palliser Advocats asesoramos a ciudadanos de todas las nacionalidades en los trámites de inmigración y residencia vinculados a la adquisición o tenencia de propiedades en Menorca. Nuestro enfoque es práctico: analizamos su situación personal, identificamos la vía más adecuada y gestionamos íntegramente el procedimiento administrativo.

¿Qué necesitan los ciudadanos de la UE para residir en Menorca?

Los nacionales de países miembros de la UE, del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia, Liechtenstein) y de Suiza gozan del derecho de libre circulación y pueden residir en España sin necesidad de visado. No obstante, la normativa española exige trámites obligatorios:

NIE y Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión

  • El NIE (Número de Identificación de Extranjero) es imprescindible para cualquier trámite en España: compraventa de inmuebles, apertura de cuentas bancarias, declaraciones fiscales o contratación de suministros
  • Si su estancia en España supera los tres meses, debe inscribirse en el Registro Central de Extranjeros y obtener el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (el conocido “certificado verde”). Este trámite se realiza en la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía
  • Para la inscripción debe acreditar que dispone de medios económicos suficientes y de seguro de enfermedad que cubra todas las prestaciones, o bien que es trabajador por cuenta propia o ajena en España

Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión

Los familiares directos (cónyuge, pareja registrada, descendientes menores de 21 años o dependientes, ascendientes dependientes) de un ciudadano UE que no sean a su vez ciudadanos comunitarios pueden solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, que les autoriza a residir y, en su caso, trabajar en España.

¿Cómo afecta el Brexit a los británicos en Menorca?

Desde la salida del Reino Unido de la Unión Europea, los ciudadanos británicos se encuentran en una situación particular:

  • Los que ya residían en España antes del 31 de diciembre de 2020 están protegidos por el Acuerdo de Retirada y disponen de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) con mención al artículo 50 del TUE
  • Los nuevos solicitantes a partir de 2021 son tratados como nacionales de terceros países y deben solicitar visados y permisos de residencia conforme al régimen general de extranjería
  • Esto supone un cambio importante para muchos propietarios británicos en Menorca que antes podían residir libremente y ahora deben regularizar su situación

Asesoramos específicamente a propietarios británicos en la transición al nuevo régimen y en la obtención de los permisos de residencia adecuados.

¿Qué visados existen para ciudadanos no comunitarios?

Para nacionales de países no pertenecientes a la UE/EEE, residir en España exige obtener un visado de residencia. Las opciones más relevantes para propietarios de inmuebles en Menorca son:

Visado de residencia no lucrativa

El visado no lucrativo es la opción más habitual para quienes desean residir en España sin ejercer actividad laboral ni profesional. Requisitos principales:

  • No tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia durante los últimos cinco años
  • Acreditar medios económicos suficientes: aproximadamente 28.800 euros anuales para el solicitante principal, más 7.200 euros por cada familiar dependiente
  • Disponer de un seguro médico privado con cobertura completa contratado con una entidad aseguradora autorizada en España
  • No padecer enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública
  • El visado inicial tiene una validez de un año, renovable por períodos sucesivos de dos años. Exige una permanencia efectiva en España de al menos seis meses al año
  • No autoriza a trabajar — cualquier actividad laboral requiere una modificación del permiso

Golden Visa — Suprimida (abril 2025)

El programa Golden Visa para inversión inmobiliaria fue suprimido por la Ley 7/2025, en vigor desde el 3 de abril de 2025. Ya no se aceptan nuevas solicitudes basadas en la compra de inmuebles. Los titulares actuales de Golden Visa pueden renovar sus permisos mientras mantengan la inversión, pero no se conceden nuevos visados por esta vía.

Si usted tenía previsto obtener la residencia mediante inversión inmobiliaria, le asesoramos sobre las alternativas disponibles, como el visado no lucrativo o el visado de nómada digital.

Visado de nómada digital (Ley 28/2022)

Para trabajadores remotos por cuenta ajena o propia de empresas extranjeras:

  • Permite residir en España trabajando a distancia para un empleador o cliente fuera de España
  • Visado inicial de un año, renovable hasta cinco años
  • Régimen fiscal favorable durante los primeros años de residencia
  • Se extiende al cónyuge e hijos a cargo

Otros visados y permisos

Dependiendo de su situación, pueden ser relevantes otras vías:

  • Visado de trabajo por cuenta ajena — requiere una oferta de empleo y tramitación por parte del empleador
  • Visado de trabajo por cuenta propia — para emprendedores y autónomos que deseen establecer un negocio en España
  • Visado de nómada digital — permite a trabajadores remotos por cuenta ajena o propia de empresas extranjeras residir en España (véase sección anterior)
  • Reagrupación familiar — permite traer a familiares directos una vez obtenida la residencia

¿Cómo es el proceso de inmigración con Palliser?

1. Consulta inicial y evaluación

Analizamos su situación personal, nacionalidad, vínculos con España, medios económicos y objetivos para determinar la vía de residencia más adecuada y viable.

2. Preparación de la documentación

Recopilamos y preparamos toda la documentación necesaria: certificados de antecedentes penales, acreditación de medios económicos, póliza de seguro médico, certificados médicos y, en su caso, documentación acreditativa de la inversión.

3. Presentación y seguimiento

Gestionamos la presentación de la solicitud ante el consulado español en su país de residencia o ante la Oficina de Extranjería en España, según proceda, y realizamos el seguimiento hasta la resolución.

4. Trámites posteriores a la concesión

Una vez obtenido el visado, le acompañamos en los trámites de empadronamiento, obtención de la TIE, alta en la Seguridad Social si procede, y cualquier otra gestión derivada de su nueva condición de residente.

¿Por qué elegir Palliser para asuntos de inmigración?

  • Experiencia acreditada en inmigración vinculada a inversión inmobiliaria en Menorca
  • Enfoque integral — combinamos el asesoramiento inmobiliario, fiscal y de inmigración en un único despacho
  • Conocimiento del contexto post-Brexit — asesoramiento específico para nacionales británicos
  • Gestión de principio a fin — desde la consulta inicial hasta la obtención del permiso y los trámites posteriores
  • Comunicación multilingüe — español, inglés, francés, italiano y catalán
  • Seguimiento a través de palliser.cloud — acceso permanente al estado de su expediente y documentación

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Preguntas Frecuentes

Depende de su nacionalidad y propósito. Los ciudadanos UE/EEE tienen libertad de circulación pero deben registrarse tras 3 meses. Los ciudadanos no comunitarios normalmente necesitan un visado de residencia no lucrativa, un visado de trabajo o un visado de nómada digital. Analizamos su situación concreta y recomendamos la vía más adecuada.

El visado no lucrativo permite a ciudadanos no comunitarios residir en España sin trabajar. Debe demostrar medios económicos suficientes (aproximadamente 28.800 €/año para el solicitante principal más 7.200 € por dependiente, equivalentes al 400% del IPREM — sujeto a actualización anual) y disponer de seguro médico. El visado inicial es por un año, renovable. Exige una permanencia mínima de seis meses al año.

No. El programa Golden Visa, que anteriormente concedía la residencia mediante inversión inmobiliaria de 500.000 €, fue suprimido en abril de 2025 por la Ley 7/2025. La compra de un inmueble ya no da acceso a la residencia. Los compradores no comunitarios que deseen residir en España deben explorar el visado no lucrativo o el visado de nómada digital.

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